lunes, 25 de abril de 2011

¿LOS BANCOS PUEDEN EMBARGAR SUELDOS?



Hay opiniones discrepantes sobre el tema. Los bancos dicen que pueden embargar el 100% de las cuentas de remuneración de sus clientes trabajadores cuando existe morosidad. El Ministerio de Trabajo señala que las remuneraciones son inembargables.

Las disposiciones bancarias disponen que se puede embargar en forma automática las cuentas de los clientes cuando no pagan sus deudas y una de ellas es las cuentas donde se depositan los sueldos, y ello se produce con aceptación o no de los trabajadores. La razón de esta disposición es la protección de los ahorristas pues los bancos manejan fondos de todos los ahorristas que son utilizados para financiar los créditos de consumo de los trabajadores.

¿QUÉ DICEN LAS OTRAS NORMAS?

Las normas si permiten embargos sobre los sueldos de los trabajadores bajo ciertos límites. Los embargos pueden provenir de las leyes (descuentos de impuesto a la renta y fondos de jubilación de AFP u ONP), sentencias judiciales (retenciones por mandato de un juez por alimentos – no más del 60% y otras deudas del trabajador – hasta la tercera parte del exceso de S/.1,800 soles mensuales) y por aceptación del trabajador (préstamos, pagos por adquisición de productos, etc).

La protección laboral consiste en establecer limitaciones para la aplicación de los descuentos pues, finalmente, los sueldos tienen carácter alimentario dado que los trabajadores y sus familias se sostienen gracias a tales ingresos.

Entonces tenemos dos valores en conflicto; el interés del sistema financiero y de los ahorristas del sistema financiero y de los ahorristas sobre deudas impagas versus el carácter alimentario de los sueldos de los trabajadores.
Actualmente este conflicto, a nivel de las normas legales, se inclina a favor de los ahorristas sin límite alguno.

Los topes de las normas procesales no se aplican pues en los casos que estamos analizando no existe una sentencia que ordena el descuento sobre las cuentas del trabajador sino ante la aplicación de las normas del sistema financiero que permiten el descuento automático para compensar las deudas no pagadas de los trabajadores. En nuestra opinión deberían incluirse limitaciones para que los bancos puedan compensar as deudas de los trabajadores sobre las cuentas de sueldos.

Ø  Se debería indicar que los trabajadores deben aceptar expresamente el descuento sobre sus cuentas de sueldos cuando están en un estado de morosidad; y

Ø  Es necesario establecer topes a la capacidad de los bancos para embargar sobre las cuentas de sueldos, pudiendo ser un referente los topes fijados en las normas procesales. Estos dos temas deben ser considerados en las normas de bancarización salarial que se están discutiendo en el Congreso.

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